Junto con todo lo anterior, en el artículo 5.7 del Reglamento Typical de Conductores también se permite que las personas que tengan el carnet B (el de coche) en vigor y más de tres años de experiencia puedan conducir motos de la clase A1. Esta World wide web utiliza cookies https://bookmarkpressure.com/story19200410/new-step-by-step-map-for-c%C3%B3mo-conseguir-un-permiso-de-conducir-espa%C3%B1ol